Es el orden jurídico
vigente es el conjunto de normas imperativo atributivas que en una cierta época
y un país determinado, la autoridad política declara obligatorias.
En lo que respecta al
derecho legislado, su vigencia está condicionada por la reunión de ciertos
requisitos que la ley enumera.
En el sistema jurídico
Salvadoreño una norma es jurídica y obligatoria, cuando ha sido aprobada por la
Asamblea Legislativa, sancionadas por el titular del Poder Ejecutivo y
publicadas en el Diario Oficial y se ha satisfecho el procedimiento de creación
de la norma jurídica.
Derecho constitudinario: se
refiere, la costumbre requiere que emerja de la práctica social más o menos
constante, y que esté unida a la convicción de que dicha práctica es
obligatoria (inveterada consuetudo et opinio juris seu necessitatis).
Por ello la costumbre sólo
se convierte en derecho vigente cuando es reconocida por el Estado, la
aceptación puede ser expresa o tácita. En el primer caso, la aceptación aparece
en el texto legal; la segunda variante se da cuando los tribunales aplican la
regla consuetudinaria a la solución de las controversias de que conocer.
El derecho vigente es el
políticamente reconocido, es decir, el que el Estado crea o aplica por medio de
sus órganos. No es posible admitir el divorcio entre positividad y validez
formal. La vigencia de cada ordenamiento tiene una serie de supuestos
sociológicos.
El primero y fundamental
es la existencia del Estado.
el derecho vigente puede ser definido como aquel que se haya en vigor, inmerso en una área territorial en especifico, y el estado lo estima como obligatorio, es decir se trata de un conjunto serie de parámetro o normas que rigen un lugar y tiempo determinado. el derecho vigente se le relaciona al derecho positivo que administra en un momento histórico y especifico; las percepciones del derecho positivo y el derecho vigente se puede diferenciar en que el primero es aquel que se adapta y el segundo es el que el órgano legislativo instaura para que que se le obedezca durante un tiempo en vigencia, entrenando no sea sustituido atravesar de un anulación, cancelación o modificación.
el derecho vigente puede ser definido como aquel que se haya en vigor, inmerso en una área territorial en especifico, y el estado lo estima como obligatorio, es decir se trata de un conjunto serie de parámetro o normas que rigen un lugar y tiempo determinado. el derecho vigente se le relaciona al derecho positivo que administra en un momento histórico y especifico; las percepciones del derecho positivo y el derecho vigente se puede diferenciar en que el primero es aquel que se adapta y el segundo es el que el órgano legislativo instaura para que que se le obedezca durante un tiempo en vigencia, entrenando no sea sustituido atravesar de un anulación, cancelación o modificación.
Fuerzas
sociales que influyen en la legislación:
Un elemento de la sociedad
que es capaz de provocar un cambio en las ideas culturales y personas
influyentes. En la actualidad es de mucha importancia el análisis de las nuevas.
Fuerzas sociales y /o
nuevos movimientos sociales, que se conforman para dar solución a distintas
problemáticas generadas en el área económica, social, medioambiental, entre
otras.
Las Fuerzas Sociales: Son
distintas formas o agrupamientos sociales con diferentes tipos de conciencia
crítica, capaces de emprender acciones más allá de la estructura que puedan
adoptar y que se presentan en la sociedad salvadoreña, englobando sus estrategias
y tácticas.
Hay dos concepciones
básicas acerca del origen de la legislación u ordenamiento jurídico. Por un lado
la corriente normativa señala que el ordenamiento está expresado en un conjunto
de normas que se entienden y se rigen con una serie de juicios de valor,
creencias y convicciones.
popularmente se llama
ordenamiento jurídico y que establece aquellas conductas y acciones aceptables
o rechazables de un individuo, institución, empresa, entre otras.
La
opinión pública:
El concepto de opinión
pública es aquel que se utiliza para hacer referencia a las diferentes formas
de expresión que una comunidad puede tener respecto de temas públicos, no
privados. La idea de opinión pública existe desde hace tiempo ya, siempre que
se hable de la reacción o de la forma de pensar del pueblo ante determinados
eventos políticos, sociales, económicos o culturales.
¿Qué son los Partidos Políticos?
Los partidos políticos son
entidades de interés público que tienen como fin promover la participación de
los ciudadanos en la vida democrática, contribuir a la integración de la
representación nacional y Como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el
acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas,
principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre,
secreto y directo.
Sólo los ciudadanos podrán
formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por
tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con
objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de
afiliación corporativa. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a
participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
Los partidos políticos se
regirán internamente por sus documentos básicos, tendrán la libertad de
organizarse y determinarse de conformidad con las normas establecidas en la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de
Partidos Políticos, conforme al mismo, establezcan sus estatutos.
Cuando el derecho en
sentido subjetivo, se encuentra atribuido a más de un sujeto, esto es, que
existe pluralidad personal en la posición activa de la relación, estamos en
presencia de una comunidad de derecho. La comunidad se refiere principalmente a
la comunidad de bienes, por lo tanto, habrá comunidad de bienes cuando la
propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.
El ejemplo por excelencia consiste en la comunión de bienes entre cónyuges o
comunidad conyugal. Propongamos otro ejemplo; Dos personas adquieren en
igualdad de condiciones un vehículo, caso en el cual compartirán el derecho de
propiedad del bien. Existe un tercer ejemplo muy común aportado por la doctrina
Grupo formales u organizados:
los grupos formales u organizaciones son estructura que inducen en el ambiente laboral y la productividad de estas mismas.
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